Establecimiento de tarifasET1BEstablecer procesos, reglas y responsabilidades del ajuste sistemático de las tarifas

Una vez definidas, las pautas tarifarias sirven al sector para establecer el precio de los servicios.

Sin embargo, determinados factores económicos, políticos o de otro tipo, como catástrofes o conflictos, pueden obligar a los organismos reguladores a ajustar las tarifas en determinadas zonas geográficas o tras acontecimientos extraordinarios. Los organismos reguladores deben establecer criterios claros para el ajuste de las tarifas y los procedimientos detallados, además de asignar responsabilidades y funciones. Para realizar todo esto, deben adoptar una actitud de transparencia y deben ser inclusivos en la toma de decisiones. Los mecanismos transparentes y predefinidos permiten una revisión adecuada, oportuna y sistemática de las tarifas de manera periódica o aleatoria.

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Objetivo: Validar los sistemas de tarifas, los procedimientos relevantes y las responsabilidades
Área:
Establecimiento de tarifas
Costo:
Bajo
Frecuencia:
Periódica
Grupos objetivo:
Organismos reguladores, actores políticos y autoridades relevantes, parlamento, agencias de comunicación
Región:
África Oriental, América Latina y el Caribe
Fecha:
Oct 30, 2023

RESULTADOS ESPERADOS

  • El ajuste correcto de las tarifas refleja la inflación, la deflación o los cambios en el costo de vida, las inversiones y la operación.
  • Hay transparencia y previsibilidad con respecto a las tarifas, donde cada grupo social paga por los servicios prestados.
  • Hay equidad establecida entre los diferentes grupos de usuarios a través de las tarifas, que se basan en la situación socioeconómica respectiva.
  • Existe una gestión sostenible de la operación y la inversión para los operadores y los responsables políticos mediante tarifas que reflejan adecuadamente el costo óptimo de los servicios prestados.

EJEMPLOS

En Kenia, el proceso de revisión de tarifas se centra en equilibrar los intereses comerciales y sociales del suministro delservicio de agua. Al ajustar lastarifas, la Junta Regulatoria de Servicios del Agua (WASREB) elimina cualquier costo que pueda generarse como consecuencia de la ineficiencia y que no deba ser asumido por los consumidores. Los pasos para el proceso de revisión son los siguientes:

  1. Antes de la consulta. La WASREB recibe propuestas de la mano de los proveedores de servicios de agua, realiza la primera revisión técnica y propone ajustes hasta que acepta una tarifa provisoria para compartir en la consulta pública.
  2. Consulta. La WASREB invita a las principales partes interesadas (consumidores residenciales, consumidores comerciales, autoridades locales, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de mujeres y organizaciones religiosas). La agenda debe incluir información sobre porqué se necesita una actualización e información sobre el sistema tarifario propuesto.
  3. Proceso posterior a la consulta. Se presenta a la WASREB un informe completo de los resultados del proceso de consulta.
  4. Después de la consulta con la WASREB. La WASREB analiza la propuesta y los aportes brindados por las partes interesadas en la fase de consulta. A continuación, emite una decisión sobre el nuevo sistema de tarifas.
  5. Publicación de las nuevas tarifas. La decisión debe publicarse en el boletín oficial de Kenia.

En Tanzania, la Autoridad Regulatoria de Servicios Públicos del Agua y la Energía (EWURA, por sus siglas en inglés) está obligada a revisar las tasas y los cargos, ya sea cuando alguien presenta una solicitud o cuando la autoridad lo considera necesario, como se estipula en la Sección 17 de la ley EWURA (Cap. 414). El procedimiento para la solicitud de tarifas se brinda según las Pautas de aplicación de tarifas (2017) y las Reglas de la EWURA (Aplicación de tarifas y fijación de tasas) de 2017, GN 452. Las decisiones adoptadas por la autoridad se comunican mediante órdenes tarifarias escritas. Las órdenes tarifarias suelen ir acompañadas de condiciones que los solicitantes deben cumplir en un plazo determinado.

En Bolivia, la Ley 2066 estipula que la revisión y aprobación de tarifas se efectuará quinquenalmente sobre la base de estudios que serán realizados por el titular de concesión, con base en los términos de referencia que proporcione la Superintendencia de Saneamiento Básico, que fundadamente aprobará o rechazará los estudios realizados. Las fórmulas de indexación de tasa, tarifas y precios, para los titulares de concesión deberán incluir:

a) un componente que refleje el ajuste por variaciones en los costos de la empresa, en función a las variaciones del índice de precios que afecten directamente al sector,

b) un componente que transfiera las variaciones en la tasa de regulación,

c) variables de compensación para las categorías de menor consumo de acuerdo con el reglamento.

Cuando los Servicios de Agua Potable o los Servicios de Alcantarillado Sanitario sean prestados en forma directa por un gobierno municipal, la Superintendencia de Saneamiento Básico remitirá al Ministerio de Hacienda una recomendación sobre el nivel de la Tasa de agua, a fin de que éste Ministerio eleve al Senado Nacional el dictamen técnico, en concordancia con las facultades otorgadas por Ley a los Municipios.

El instrumento de Vinculación (Resolución MPFIPyS Nº170/10) prevé “Revisiones económicas quinquenales” con “Revisiones económicas anuales” y “Revisiones económicas extraordinarias por caso fortuito o fuerza mayor”. La revisión quinquenal debe comenzar un año antes de que termine el quinquenio, y refiere a tarifas, costos y el Plan de Mejoras, Operaciones, Expansión y Mantenimiento de los Servicios a implementar en el próximo quinquenio. La revisión anual busca adecuar los ingresos a los costos operativos y de inversión para cumplir el referido Plan y se basa en el estado de situación del avance de los planes, los hechos que motivan la revisión y las acciones adoptadas para evitarlos, y las medidas propuestas para reestablecer el equilibrio financiero. La revisión extraordinaria corresponde cuando la concesionaria considere que se han producido o están por producirse hechos que incidirán en los planes de obras, pudiendo requerir a la Autoridad de Aplicación el análisis de los efectos y propuestas para minimizarlos o superarlos.

CAPACIDADES INTERNAS NECESARIAS Y EL ROL DE LOS SOCIOS

Al igual que la fijación de tarifas, los ajustes y las actualizaciones posteriores requieren una serie de capacidades reguladoras financieras, de planificación y técnicas. Generalmente, los organismos reguladores se benefician del desarrollo de capacidades a través de la capacitación, que se ofrece mediante el respaldo de los ministerios relacionados del sector, el sector privado y las instituciones de investigación y se facilita mediante los socios para el desarrollo. Pueden usarse otras prácticas recomendadas de regulación, como intercambios técnicos. El personal de los organismos reguladores debe capacitarse en diferentes modalidades de tarifas, y en las implicancias sociales y económicas, para poder realizar ajustes periódicos.