Salud públicaSP4BIniciar procedimientos administrativos de infracción contra los operadores de servicios de agua potable que incumplan la regulación e imponer las sanciones adecuadas

Los organismos reguladores y las autoridades nacionales de salud son responsables de abrir procedimientos administrativos contra el incumplimiento, y de emitirsancionessolo como medida de último recurso.

Las sanciones deben definirse de antemano y hacerse públicas, y los organismos reguladores, en principio, pueden sancionar cualquier tipo de conducta indebida que provoque un daño irreversible. En los casos en que aún es posible aplicar medidas autocorrectivas que puedan revertir los daños a la salud pública, los organismos reguladores dan instrucciones reparadoras a los operadores con plazos fijos, y su incumplimiento puede acarrear sanciones más severas.

RESULTADOS ESPERADOS

  • Se evita que los operadores que no cumplan provoquen más daños.
  • Se exige y se garantiza la reparación de los daños causados por los operadores.
  • Se protege la salud del consumidor.
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Objetivo: Los sistemas de sanciones se adoptan y se cumplen para penalizar a los operadores de servicios por las acciones que infringen las disposiciones legales de calidad del agua potable
Área:
Salud pública
Costo:
Bajo
Frecuencia:
Única vez
Grupos objetivo:
Organismos reguladores, Operadores de servicios, ministerios de salud
Región:
Norte de Europa, América Latina y el Caribe
Fecha:
Oct 30, 2023

EJEMPLOS

En Irlanda, la Agencia de Protección del Medioambiente (EPA, por sus siglas en inglés) puede emitir una orden (instrucción jurídicamente vinculante) en virtud de la regulación sobre agua potable al organismo regulador nacional, Irish Water, cuando exista un riesgo para la salud humana o cuando se requieran medidas reparadoras para solucionar un problema de calidad del agua. La EPA emitió nueve órdenes jurídicamente vinculantes a Irish Water en 2017. Los ejemplos son los siguientes:

  • No hay alarma ni supervisión de cloro.
  • Ha habido fallas persistentes en la calidad del agua, y Irish Water no ha actuado o no lo ha hecho con la suficiente rapidez para mejorarla.
  • Irish Water no ha facilitado información a la EPA cuando ésta se la ha solicitado.

Si no se cumple, la EPA puede decidir emprender acciones judiciales. Por ejemplo, la EPA había dado instrucciones a Irish Water debido a fallas persistentes de trihalometano en seis suministros de Donegal. En septiembre de 2017, la EPA inició un procedimiento judicial y los casos se juzgaron en abril de 2018. Una lista de medidas reparadoras (RAL, por sus siglas en inglés), elaborada por primera vez por la EPA en 2008, incluye lossuministros públicos de agua que necesitan medidas reparadoras importantes, normalmente en la planta de tratamiento. En 2017, la EPA incluyó problemas persistentes con pesticidas. Cada tres meses se actualizan los suministros y se agregan a la lista por uno o más de las siguientes razones:

  • Incumplimiento persistente con los estándares por parámetros prioritarios, por ejemplo, E. coli, trihalometanos, aluminio y turbidez.
  • Tratamiento inadecuado, como cuando no hay otro tratamiento más que la cloración para un suministro de agua superficial.
  • Los resultados de la verificación de la supervisión o del cumplimiento por parte de la EPA indican una falta de control operacional en las plantas de tratamiento.
  • El organismo ejecutivo de Servicios de Salud identifica un suministro donde se requieren mejoras.

La EPA identificó la preparación y la finalización de los programas de acción para los suministros de la lista de medidas reparadoras como acción prioritaria para proteger el agua potable. Cuando Irish Water demuestra que un suministro es seguro, puede eliminarse de la RAL.

En Paraguay, ante un posible incumplimiento por parte del operador, el Ente Regulador de los Servicios Sanitarios (ERSSAN) puede exigir a la adopción de las medidas oportunas. En caso de que tales medidas no se implementen, tiene lugar la instrucción de un sumario para comprobar la configuración de la infracción, y a aplicar la sanción que corresponda. El régimen sancionatorio califica como infracción grave el incumplimiento de los parámetros de calidad del agua potable o de los límites para la descarga de aguas residuales establecidas, siempre y cuando dicho incumplimiento no conlleve riesgo para la salud humana, la seguridad de los habitantes o el medio ambiente, en cuyo caso la infracción será de carácter gravísimo, así como no realizar o no presentar los informes de los muestreos regulares de calidad del servicio en los plazos establecidos.

Igualmente son infracciones gravísimas: suministrar agua potable para consumo humano con incumplimiento de los límites máximos permisibles de los parámetros bacteriológicos, o con presencia de contaminantes físicos o químicos que, aun en bajas concentraciones, generen daños en la salud; y descargar o dejar circular aguas residuales por el sistema de alcantarillado sanitario, con presencia de elementos tóxicos, inflamables o explosivos, sin adoptar las medidas de contingencia. Las sanciones graves y gravísimas se castigan con sanción de multa, pudiendo rescindirse o revocarse el carácter de prestador cuando existan situaciones de extrema gravedad y urgencia, que pongan en peligro la salud de la población, o la continuidad del servicio por causa de contaminación generalizada del agua potable, con riesgo sanitario, que afecte a un área superior al veinte por ciento (20%) de la zona concesionada o permisionada, no remediada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de haberse detectada la contaminación, o contaminación ambiental provocada por el vuelco generalizado en un área significativo de servicio, de aguas residuales fuera de norma, no remediada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, desde que tuviera conocimiento de la contaminación.

Enlaces

Irlanda. Informe de agua potable de la EPA para suministros públicos:

https://www.water.ie/docs/2017-DW-Report_web_Final.pdf

Paraguay: Ley N.º 1.614/2000. Reglamento de Infracciones y Sanciones

https://www.erssan.gov.py/application/files/3315/8896/1500/Reglamento_de_Infraciones_y_Sanciones.pdf

CAPACIDADES INTERNAS NECESARIAS Y EL ROL DE LOS SOCIOS

Sancionar a los operadores por el incumplimiento requiere la capacidad de, primero, establecer un marco de sanciones penales, legales y no legales disponibles, y orientación sobre el uso adecuado y proporcionado. Si las sanciones son monetarias, entonces se necesita capacidad para establecer fórmulas para calcular el valor de las multas. Los socios para el desarrollo y los ministerios de salud podrían asistir al brindar asistencia técnica a los organismos reguladores en el entorno regulatorio.